En una calle residencial señalizada con esta señal, ¿dónde se puede estacionar?
- A)Solo en los lugares designados por señales o marcas
- B)En cualquier lugar, si no se impide el paso
- C)En ningún sitio
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A) Solo en los lugares designados por señales o marcas
En las calles residenciales solo se puede estacionar en los lugares señalizados para ello.
Referencia: RGC art. 159
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