Maniobras y distancias

¿Puede una motocicleta circular por el arcén para avanzar en una retención?

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C) Solo en los tramos señalizados que lo permitan, con el tráfico detenido, a 30 km/h como máximo y en fila de uno

Desde octubre de 2026, las motos pueden usar el arcén derecho de forma excepcional en tramos habilitados y señalizados, solo cuando el tráfico de los carriles está detenido por congestión, a 30 km/h como máximo y en columna de a uno.

Referencia: Art. 36.3 RGC (RD 518/2026)

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