Si toma un descanso semanal reducido, ¿hasta cuándo tiene para compensar la reducción?
- A)Hasta el final de la misma semana
- B)Hasta el final de la tercera semana siguiente
- C)No hace falta compensarla
Ver la respuesta correcta
B) Hasta el final de la tercera semana siguiente
La reducción debe compensarse con un descanso equivalente, tomado de una vez, antes del final de la tercera semana siguiente, unido a otro descanso de al menos 9 horas.
Referencia: Art. 8.7 Reglamento (CE) 561/2006
Otras preguntas de tiempos de conducción y tacógrafo
← Pregunta anterior: ¿Cuánto dura como mínimo un descanso semanal reducido?