¿Qué vehículos de mercancías deben llevar tacógrafo?
- A)Todos, desde furgonetas
- B)Como norma general, los de más de 3.500 kg de MMA, incluido el remolque
- C)Solo los de más de 12 toneladas
- D)Solo en transporte internacional
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B) Como norma general, los de más de 3.500 kg de MMA, incluido el remolque
Los vehículos de mercancías de más de 3.500 kg, incluido el remolque, están sujetos al Reglamento 561/2006 y deben llevar tacógrafo, salvo excepciones.
Referencia: Reglamento (CE) 561/2006
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