¿Dónde puede estacionar el ciclomotor en la ciudad?
- A)En cualquier acera ancha
- B)En los pasos de peatones, si no molesta
- C)En los lugares habilitados o donde lo permitan las ordenanzas municipales
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C) En los lugares habilitados o donde lo permitan las ordenanzas municipales
El estacionamiento de motos y ciclomotores en aceras solo está permitido si lo autorizan las ordenanzas municipales. Fuera de eso, en los lugares habilitados de la calzada.
Referencia: Art. 94 RGC y ordenanzas municipales
Otras preguntas de normas del ciclomotor
- Entra en un túnel con su ciclomotor. ¿Qué luz debe llevar encendida?
- De noche le deslumbra un vehículo que viene de frente. ¿Qué hace?
- Presencia un accidente con heridos. ¿Qué es lo primero que debe hacer?
- Un motorista herido está tendido en el suelo con el casco puesto. ¿Qué hace?
- En un tramo con adelantamiento prohibido, ¿puede un turismo adelantar a su ciclomotor?